Distinguid@ afiliad@, simpatizante y votante:
¿Para qué negarlo? Ciertamente ha sido una semana muy difícil.
Al leer la prensa, tanto nacional como regional, escuchar la radio o ver la televisión, nos encontramos con noticias que denostan nuestro PARTIDO (muchas de ellas alentadas desde la insidia de nuestro verdadero adversario político, el partido socialista, ya ni obrero ni español, y sus aviesos adláteres en los medios de comunicación). Actitudes dentro o fuera que restan y dividen. Está claro que no estamos en un buen momento para el PARTIDO POPULAR.
En Asturias como si de un reguero de pólvora se tratara, las adhesiones y las discrepancias hacia tal o cual personalidad política, han recorrido todas las Juntas Locales debilitando gravemente nuestra credibilidad ante afiliados/as, simpatizantes y votantes, inflamando una situación irreal y compleja.
Y todo esto, ¿por qué ahora si está claro que "no toca"?
Hemos de hacer un profundo examen de conciencia y preguntarnos si realmente el PARTIDO POPULAR sigue su propia disciplina.
Si realmente es así, debe guiarse por sus estatutos y entender que todo lo sucedido en estos días debería quedar restringido al tiempo del Congreso de ámbito Regional, para el que aún quedan meses y que naturalmente no ha sido convocado.
Hasta ese momento lo único seguro es seguir trabajando por nuestras ideas, por los/as ciudadanos/as, afiliados/as, simpatizantes y votantes, denunciando las devastadoras políticas llevadas a cabo por los socialistas. Ahí es precisamente donde tenemos la obligación de concentrar nuestros esfuerzos y para ello necesitamos un PARTIDO POPULAR hercúleo, enérgico, entero, compacto y unido en la consecución de un objetivo claro, la victoria sobre nuestro principal adversario y culpable de la situación actual: el ignominioso partido socialista.
Por si alguno/a de nuestros/as lectores/as aún tuviera dudas indicamos más abajo un extracto clarificador en lo referente a la situación estatutaría del PARTIDO.
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ESTATUTOS APROBADOS POR EL XV CONGRESO NACIONAL DEL PARTIDO POPULAR (extracto)
[...]
e) Controlar la acción política del Partido y de sus representantes en las instituciones públicas, canalizando sus criterios y valoraciones a través de los Órganos internos.
[...]
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i) Difundir los principios ideológicos y el proyecto político del PP.
j) Abonar con la periodicidad señalada las cuotas correspondientes. La Junta Directiva Nacional, a propuesta del Secretario General, fijará en el último trimestre de cada año una cuota orientativa para la siguiente anualidad.
ARTICULO 8. De los simpatizantes
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j) Abonar con la periodicidad señalada las cuotas correspondientes. La Junta Directiva Nacional, a propuesta del Secretario General, fijará en el último trimestre de cada año una cuota orientativa para la siguiente anualidad.
ARTICULO 8. De los simpatizantes
[...]
2.- Los simpatizantes tendrán el deber de respetar la imagen del Partido Popular, de sus órganos y de todos sus afiliados, así como de cumplir los Estatutos, Reglamentos y demás normas que constituyen el ordenamiento interno del Partido Popular.
[...]
c) La desobediencia a las instrucciones o directrices que emanen de los Órganos de gobierno y representación del Partido, así como de los Grupos Institucionales del mismo.
d) Toda manifestación o declaración hecha con publicidad que incite al incumplimiento o descalificación de las decisiones válidas y democráticamente adoptadas por los Organos de Gobierno y representación del Partido, o de los Grupos Institucionales del mismo.
[...]
f) Crear o inducir a la creación de corrientes de opinión organizadas en el seno del Partido, así como participar en ellas.
g) Actuar en el ejercicio de los cargos públicos en forma contraria a los Principios y Programas del Partido o incumplir el régimen de incompatibilidades establecido en el artículo 7.2 de los presentes Estatutos.
[...]
d) Toda manifestación o declaración hecha con publicidad que incite al incumplimiento o descalificación de las decisiones válidas y democráticamente adoptadas por los Organos de Gobierno y representación del Partido, o de los Grupos Institucionales del mismo.
[...]
f) Crear o inducir a la creación de corrientes de opinión organizadas en el seno del Partido, así como participar en ellas.
g) Actuar en el ejercicio de los cargos públicos en forma contraria a los Principios y Programas del Partido o incumplir el régimen de incompatibilidades establecido en el artículo 7.2 de los presentes Estatutos.
[...]
d) Quienes anticipándose a los procesos electorales internos establezcan o participen en grupos organizados, que con la publicidad o notoriedad de sus acciones perjudiquen los intereses o la imagen del Partido.
3.- Las infracciones muy graves serán sancionadas en los siguientes términos:
a) Suspensión de militancia por un periodo de tiempo entre cuatro y seis años.
b) Inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del partido o en representación de éste por igual periodo de tiempo.
c) Expulsión del partido.
Las sanciones previstas en los apartados a) y b) anteriores no son excluyentes entre sí.
ARTICULO 12. Infracciones graves.
1.- Cometen infracción grave quienes incurran en alguno de los siguientes supuestos:
a) Propagar noticias por cualquier medio, que desprestigien al Partido, sean descalificatorias del mismo o de cualquiera de sus Organos de Gobierno, Representación o de los Grupos Institucionales.
b) Realizar declaraciones y manifestaciones públicas en nombre del Partido que comprometan políticamente al mismo, sin contar con la autorización expresa del Presidente del Comité Ejecutivo que corresponda en sus diferentes ámbitos.
[...]
3.- Las infracciones muy graves serán sancionadas en los siguientes términos:
a) Suspensión de militancia por un periodo de tiempo entre cuatro y seis años.
b) Inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del partido o en representación de éste por igual periodo de tiempo.
c) Expulsión del partido.
Las sanciones previstas en los apartados a) y b) anteriores no son excluyentes entre sí.
ARTICULO 12. Infracciones graves.
1.- Cometen infracción grave quienes incurran en alguno de los siguientes supuestos:
a) Propagar noticias por cualquier medio, que desprestigien al Partido, sean descalificatorias del mismo o de cualquiera de sus Organos de Gobierno, Representación o de los Grupos Institucionales.
b) Realizar declaraciones y manifestaciones públicas en nombre del Partido que comprometan políticamente al mismo, sin contar con la autorización expresa del Presidente del Comité Ejecutivo que corresponda en sus diferentes ámbitos.
[...]
j) Desobedecer las instrucciones o directrices de los Organos de Gobierno y Representación del Partido, o de los Grupos Institucionales del mismo, cuando no constituya una infracción muy grave.
[...]
[...]
2.- Las infracciones graves serán sancionadas en los siguientes términos:
a) Suspensión de militancia por un periodo de tiempo entre uno y cuatro años.
b) Inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del Partido o en representación de éste por igual periodo de tiempo.
Ambas sanciones no son excluyentes entre sí.
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a) Suspensión de militancia por un periodo de tiempo entre uno y cuatro años.
b) Inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del Partido o en representación de éste por igual periodo de tiempo.
Ambas sanciones no son excluyentes entre sí.
[...]
[...]
e) Debatir y adoptar cuantos documentos enriquezcan el pensamiento político del Partido Popular, definan su oferta electoral o afecten a la estrategia y gestión del Partido.
e) Debatir y adoptar cuantos documentos enriquezcan el pensamiento político del Partido Popular, definan su oferta electoral o afecten a la estrategia y gestión del Partido.
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